Distrito Nacional – El Gobierno presentó formalmente este lunes un proyecto de “Ley de Modernización y Responsabilidad Fiscal” que ha elaborado que ha elaborado con el fin de aumentar los ingresos del Estado, garantizar servicios públicos de calidad y lograr “una República Dominicana desarrollada y con mayor equidad”.
En el mismo se esbozan una serie de medidas dirigidas a lograr que “en tan solo doce años” la República Dominicana sea uno de los países más desarrollados de la región.
El proyecto fue dado a conocer durante una rueda de prensa en el Palacio Nacional, encabezada por el presidente Luis Abinader y el ministro de Hacienda, José Manuel Vicente. Estuvieron además otros algos funcionarios del Gobierno.
MEDIDAS QUE SERÍAN APLICADAS
Reveló que la reforma contempla las siguientes medidas:
La Dirección General de Impuestos Internos (DGII) implementará un nuevo sistema de percepción de rentas para ir cerrando el círculo de la evasión de aquellos contribuyentes considerados de alto riesgo. La figura de agente de percepción no se encuentra establecida en el código tributario y con el proyecto de ley se está otorgando la posibilidad para que la DGII establezca agentes de percepción hasta un límite de 5% del monto facturado.
Se realizará una actualización de la norma de las tasas efectivas de tributación por sectores.
Se implementará un programa de fiscalizaciones masivas y auditorías de personas físicas, en donde se realizarán los cruces de sus consumos con los niveles de ingresos reportados a la DGII.
La DGII realizará un censo de contribuyentes para la identificación de omisos.
Para fomentar la equidad serán eliminadas diversas medidas administrativas que todavía estén vigentes tanto en DGII como en Dirección General de Aduanas (DGA).
ELIMINACIÓN DEL ANTICIPO Y SIMPLIFICACION DE MEDIDAS TRIBUTARIAS
Personas Jurídicas
Será reestructurado el Anticipo sobre la Renta. Las personas físicas y las microempresas no tendrán que pagarlo. En el caso de las empresas pequeñas y medianas será de sólo el 40% y 60% de los beneficios reportados en el período anterior respectivamente. Los pagos para estas empresas serán trimestrales (en vez de mensuales). Adicionalmente, se está estableciendo que todas las micros y pequeñas empresas estarán exentas del pago del Impuesto sobre la Renta aplicable a las personas jurídicas en la declaración jurada de sus primeros tres ejercicios fiscales.
Será reestructurado el Régimen Simplificado de Tributación (RST). Dentro de los cambios que se proponen está otorgar la facultad a la DGII de incorporar de oficio a contribuyentes que cumplan con los requisitos para estar bajo dicho régimen. (En este aspecto, se considera que existe un gran número de contribuyentes que deberían estar bajo el RST, el cual provee tratamientos favorables tanto en las tasas de tributación como en los anticipos, pero por desconocimiento no lo están).
Será reestructurada la escala del RST de ingresos para personas físicas para garantizar que este régimen no sea abusado por contribuyentes que debieran estar en el régimen ordinario. El nuevo monto tope se establecerá en RD$5,000,000 anuales. Las otras modalidades del RST se están adicionando al código tributario para darle más fortaleza legal.
ELIMINACIÓN DE INCENTIVOS
Como parte de la reforma se harán ajustes a una serie de leyes y elminados algunos incentivos que “no tienen necesidad de ser mantenidos”, pero otros serán mantenidos con algunas modificaciones.
Específicamente serán derogados Los tratamientos fiscales preferenciales al sector turismo, al cine, a la industria, a la cadena textil, los relacionados con los fideicomisos y los relacionados con la ley de mecenazgo.
SERÁN MANTENIDOS OTROS
El Bono ITBIS y ciertas exenciones para fideicomisos orientados a proyectos de vivienda de bajo costo serán mantenidos, debido a su importancia en el desarrollo de este segmento.
Se realizarán ajustes relacionados con las empresas operadoras de parques de zonas francas, las cuales en su esencia son empresas de alquiler de inmuebles y provisión de ciertos servicios. Por otro lado, las empresas de zonas francas que vendan al mercado local podrán elegir entre realizar una declaración jurada por los beneficios de sus ventas al mercado local o pagar un 5% de las mismas por concepto de presunción del impuesto sobre la renta. Un tratamiento similar operará para las empresas logísticas.
En el caso de la Ley de Desarrollo Fronterizo, se proponen modificaciones para garantizar que la misma sea utilizada para inversiones mayores al equivalente de US$5,000,000 y que mantengan una nómina no inferior a 100 empleados de la zona permanentes durante toda la operación de la empresa.
La exención sobre los impuestos a los combustibles fósiles se limitará a aquellas empresas que vendan su energía al sistema eléctrico nacional interconectado.
PERSONAS FÍSICAS
El proyecto contempla las siguientes medidas:
Se añade un nuevo tramo en la escala de ingresos de las personas físicas para los trabajadores con ingresos mayores a RD$2.4 millones anuales y se establece una tasa marginal de un 27% para esta nueva escala. Con esto se busca igualar las tasas de impuesto sobre la renta de las empresas a las de las personas físicas de mayor ingreso.
Todas las rentas percibidas por las personas físicas se consolidarán para fines de declaración jurada con excepción de aquellas que permanezcan como pagos únicos y definitivos, tales como los dividendos de personas jurídicas que operan en el régimen ordinario.
La retención sobre los ingresos por intereses será considerada como un pago a cuenta. Las personas que generen intereses por debajo del mínimo exento podrán solicitar el reembolso correspondiente frente a la DGII.
Se eliminará la deducción del gasto educativo del Impuesto sobre la Renta establecido en la Ley No. 179-09. Esta exención beneficia fundamentalmente a las personas de mayores de ingreso, las cuales ya reciben una exención importante a través del tramo exento de la escala salarial para las personas físicas.